
Elección Entre Un Mínimo de 5 Compañías Aseguradoras
A partir del 17 de enero de 2023 los usuarios consumidores que hayan adquirido sus vehículos mediante planes de ahorro y créditos prendario gozaran de la libertad de elección de la aseguradora a contratar -dentro del listado ofrecido por los acredores de al menos CINCO (5) compañías aseguradoras-.
Formas de Contratación
Asimismo, la normativa –Resolución SSN 24/2023– establece que los usuarios podrán contratar manera directa con las Aseguradoras o bien a través de los Productores Asesores de Seguros, Sociedades de Productores Asesores de Seguros o Agentes Institorios autorizados.
Igualdad de Costo
Otra medida que determina la norma es que el costo del seguro -accesorio a créditos prendarios y/o planes de capitalización y ahorro- deberá ser el mismo que la compañía elegida perciba por operaciones con particulares según las mismas condiciones, plazos y riesgos cubiertos.
Conclusión
Estas modificaciones permitirán a los usuarios que adquieran rodados mediante estos mecanismos de financiación elegir con mayor libertad la compañía de seguros a contratar, el medio para hacerlo y a su vez con la garantía de que será siempre al precio ofrecido para el público general.
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estoy pagando una plan de Fiat. tengo seguro que ellos me dieron al momento de entregarme el auto. Ahora quiero cambiar y entre las 5 companias que me ofrecen, no figura federación patronal, aunque yo estoy gestionando ese pedido, según mi asesor de seguros de Federación Patronal deberían autorizar la liberación. Es así, o será que si o si tengo que elegir dentro de una de esas 5 que el plan de ahorro me proponen..?
Buenas tardes José.
Según la Res. 24/2023, Fiat está obligada a darle un menú de al menos 5 opciones, pero eso no significa que el listado sea taxativo si Ud. presenta una alternativa superadora.
Si su asesor de Federación Patronal presenta la propuesta con la correspondiente cláusula de acreedor prendario a favor de la administradora y cumple con la cobertura exigida, ellos no deberían oponerse. La clave está en que la norma busca que Ud. pague ‘precio de calle’. Si las 5 que ellos le dan son más caras que lo que consigue en Federación Patronal, puede intimar a que le acepten la suya o igualen el costo, basándose en el principio de Igualdad de Costo que menciono en el artículo.
Es un derecho que hay que ejercer con una nota formal si la concesionaria asume una conducta rígida a su pedido.
Quedamos a su disposición.
Saludos cordiales.