Falta Reiterativa Del Trabajador – Consentimiento Tácito del Empleador Ante Ausencia de Apercibimientos

Si una trabajadora, solo rara vez cumple con la obligación de ingresar a la empresa en el horario pactado, y la empresa no toma ninguna medida al respecto, no cabe sino reputar que consiente tácitamente esa falta. Para que no sea así, como lo acabo de decir, la empleadora debe probar que apercibió a su dependiente o que le aplicó alguna otra sanción más severa, pues, en caso contrario, su silencio debe entenderse como aceptación del incumplimiento.

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